Micelio

Artículo 29

El Fiscal Médico Y El Asesor Jurídico Del Tribunal Médico Laboral De Revisión Militar O De Policía Serán Designados Por El Comando General De Las Fuerzas Militares De Las Propuestas Presentadas Por Cada Uno De Los Comandos De Fuerza Y Dirección De La Policía Nacional Y Tendrán Voz Pero No Voto

Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Fiscal Médico y el Asesor Jurídico del Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar o de Policía serán designados por el Comando General de las Fuerzas Militares de las propuestas presentadas por cada uno de los Comandos de Fuerza y Dirección de la Policía Nacional y tendrán voz pero no voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3049 de 1981