Los oficiales de los servicios procederán de la escuela de Cadetes de policía "General Santander" o de las entidades aprobadas por el Gobierno, una vez terminados los estudios universitarios, o seleccionados dentro de los profesionales titulados mediante el lleno de los requisitos que para tal oficio establezca el Gobierno También pueden inscribirse en el escalafón de los servicios los oficiales de vigilancia que hayan obtenido titulo universitario .
Artículo 16
Los Oficiales De Los Servicios Procederán De La Escuela De Cadetes De Policía "general Santander" O De Las Entidades Aprobadas Por El Gobierno, Una Vez Terminados Los Estudios Universitarios, O Seleccionados Dentro De Los Profesionales Titulados Mediante El Lleno De Los Requisitos Que Para Tal Oficio Establezca El Gobierno También Pueden Inscribirse En El Escalafón De Los Servicios Los Oficiales De Vigilancia Que Hayan Obtenido Titulo Universitario
Decreto 465 de 1961 · Por el cual se reorganiza la carrera de oficiales de la Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.