Micelio

Artículo 1

Establecer La Zona Veredal Transitoria De Normalización (Zvtn) Como Zona De Ubicación Temporal, En El Departamento De Norte De Santander - Municipio Tibú - Vereda Caño El Indio Cuyas Coordenadas Que Definen La Delimitación Geográfica, Georreferenciación Y Graficación Se Precisan De Acuerdo Al Documento Anexo A Este Acto Administrativo, Incluida Su Zona De Seguridad, La Sede Local Del Mecanismo De Monitoreo Y Verificación (Mm&v), El O Los Campamentos Dentro De La Zvtn Y El Área De Recepción, Con El Objetivo De Garantizar El Cese Al Fuego Y De Hostilidades Bilateral Y Definitivo Y Dejación De Armas (Cfhbd - Da)

Decreto 150 de 2017 · por el cual se establece una Zona Veredal Transitoria de Normalización (ZVTN) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Establecer la Zona Veredal Transitoria de Normalización (ZVTN) como Zona de Ubicación Temporal, en el departamento de Norte de Santander - municipio Tibú - vereda Caño El Indio cuyas coordenadas que definen la delimitación geográfica, georreferenciación y graficación se precisan de acuerdo al documento anexo a este acto administrativo, incluida su zona de seguridad, la sede local del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V), el o los campamentos dentro de la ZVTN y el área de recepción, con el objetivo de garantizar el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de Armas (CFHBD - DA). La Zona tiene como propósito adicional iniciar el proceso de preparación para la reincor­poración a la vida civil de las estructuras de las FARC-EP en lo económico, lo político y lo social de acuerdo con sus intereses; estará destinada para los miembros de la organización que participen y se encuentren comprometidos con el CFHBD-DA. La ZVTN establecida es territorial, temporal y transitoria y cuenta con el monitoreo y verificación del MM&V.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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