Créase una comisión para asuntos de nacionalidad integrada por las siguientes personas:
El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado, quien la presidirá.
El Subsecretario Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.
Un miembro de la Comisión Segunda del Senado, elegido por ésta.
Un miembro de la Comisión Segunda de la Cámara, elegido por ésta.
El Congresista elegido por la Circunscripción Especial Indígena que más votos hubiere obtenido en las últimas elecciones.
El Congresista que mayor número de votos haya obtenido en las últimas elecciones, depositados por los colombianos residentes en el exterior.
El Registrador Nacional del Estado Civil o su delegado.
Hasta tanto los colombianos residentes en el exterior elijan a sus congresistas, en su representación actuará un delegado de las asociaciones de colombianos residentes en el exterior designado por la Cancillería.