Micelio

Artículo 3

Ley 81 de 1892 · que fija los sueldos del Presidente y del Vicepresidente de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3. ° El que ejerza el Poder Ejecutivo disfrutara de un sueldo total de $ 36,000 anuales, comprendido en el cualquiera otro que pudiera corresponderle al tenor de los artículo anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 81 de 1892