Micelio

Artículo 15

Decreto 1737 de 2005 · por el cual se reglamenta la preparación, distribución, dispensación, comercialización, etiquetado, rotulado y empaque de los medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos mínimos de información. Para aquellos envases que por su tamaño no permitan que los rótulos o etiquetas contengan toda la información antes descrita, se deberá consignar como mínimo, los siguientes contenidos y los adicionales deberán entregarse en forma escrita a través de un inserto o contenidos en su empaque secundario

a)

Para los magistrales se incluirán los literales a), b), c), d), e) y f) del artículo 13 del presente decreto;

b)

Para los oficinales los literales a), b), c), d), e), f) y g) del artículo 14 del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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