Artículo segundo. Los funcionarios actualmente vinculadas a la Planta de Personal, establecida por el Acuerdo número 110 de 1980.aprobado por el Decreto 416 de 1980, que al ser incorporados a la Planta de Personal de que trata este Decreto tengan una asignación básica superior a la fijada para el cargo al cual se van a incorporar, seguirán percibiendo esta remuneración mientras permanezcan en el empleo.
Decreto 2708 de 1980 →Vigente
Artículo 43
Decreto 2708 de 1980 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 144 de 1980 de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, que modifica la planta de personal de la Seccional de Cundinamarca y Distrito Capital, con modificaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.