Artículo único. Autorízase al Gobierno para gastar el Tesoro Público hasta diez mil pesos ($ 10,000) en el establecimiento definitivo del sistema de escritura y anotación de música, inventado por el señor Diego Fallon. Esta cantidad se considera incluída en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia económica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.