Micelio

Artículo 326

Extinción De Las Obligaciones Del Fondo Empresarial Y Emcali Eice Esp

Ley 2294 de 2023 · por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las obligaciones del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (FESSPD) con el Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico (Fonse) y de este con la nación se entenderán extintas al 31 de diciembre de 2023.

De igual manera para las obligaciones de Emcali EICE ESP con la nación se adelantará un proceso de extinción mediante compensación, novación y/u otras alternativas de extinción que generen bienes públicos adscritos a Emcali EICE ESP. Estas alternativas aplicarán dentro de los esquemas de financiación vigentes.

Parágrafo 1

Emcali destinará los recursos en inversiones alineadas con el Plan Nacional de Desarrollo. En caso contrario, podrán ser exigibles nuevamente por la nación.

Parágrafo 2

La implementación de lo relacionado con Emcali EICE ESP se coordinará con los Ministerios y Entidades correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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