Micelio

Artículo 1

Decreto 163 de 1890 · Por el cual se abre un crédito extraordinario al Ministerio de Fomento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Abrese al Ministerio de Fomento el siguiente crédito extraordinario, con imputación á la vigencia económica de 1889 y 1890:

Departamento de Fomento.

Capítulo 91.

Publiquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 163 de 1890