° A partir del 1.° de enero de 1941, créase el puesto de Almacenista de estupefacientes, como dependencia del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, con la asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150), el cual, como los anteriores, se pagará con fondos provenientes de las mismas utilidades.
Las nuevas funciones de los empleados las fijará el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, por medio de resolución reglamentaria, y la cuantía de la fianza para el Almacenista, la fijará el Contralor General de la República.