Micelio

Artículo 4

Ley 98 de 1941 · Por la cual se coopera a la construcción de la Casa y Club del Empleado en la ciudad de Cali

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todas las Entidades o Corporaciones con sede en las ciudades importantes de la República bajo cuya dirección o iniciativa se adelanten obras similares a la de la " Casa y Club del Empleado " que se construye en la ciudad de Cali y que reúnan requisitos semejantes a los exigidos por esta Ley para dicha obra, tendrán derecho a un auxilio equivalente al cincuenta por ciento (50%) del costo de todas obras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 98 de 1941