Micelio

Artículo 1

Objeto

Ley 2530 de 2025 · por medio de la cual se adoptan medidas tendientes a proteger integralmente a niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre dieciocho (18) y hasta los veinticinco (25) años de edad, que pertenezcan a los grupos A, B, y C del Sisbén IV, y que su condición de dependencia económica y/o de cuidado se vea afectada por la pérdida de la madre o mujer que tenga la patria potestad o custodia legal, víctima del delito de feminicidio, se modifica parcialmente la Ley 1098 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presente ley tiene por objeto la adopción de medidos para garantizar derechos fundamentales a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre los dieciocho (18) y hasta los veinticinco (25) años de edad, que pertenezcan a los grupos A., B, y C del Sisbén IV, y que su condición de dependencia económica y/o de cuidado se vea afectada por la pérdida de la madre o mujer que tenga la patria potestad o custodia legal, víctima del delito de feminicidio, poro que reciban asistencia legal, económica, emocional, psicosocial, educativa, recreacional, cultural, deportiva, de empleabilidad y salud.

Parágrafo

En el caso de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre los dieciocho (18) y hasta los veinticinco (25) años de edad, pertenecientes a pueblos indígenas y/o grupos étnicos, la asistencia se establecerá ele acuerdo con sus usos, costumbres y tradiciones, siempre que no sean contrarias a la Constitución Política, la ley y a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos y se tendrán en cuenta los registros censales de comunidades étnicas como parámetro de identificación de grupo poblacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2530 de 2025