Acompañamiento jurídico y representación judicial. La asistencia jurídica y representación judicial a que tienen derecho las víctimas de la trata de personas, estará en cabeza de la Defensoría del Pueblo del lugar en donde estas establezcan su domicilio.
La representación judicial de la víctima dentro de un proceso jurídico corresponde a la Defensoría del Pueblo, a través de la designación de defensores públicos, para que las represente judicial o extrajudicialmente en los procesos derivados de los hechos constitutivos de la trata de personas, salvo que la víctima asuma su representación por intermedio de un defensor de confianza.
(Decreto 1069 de 2014, artículo 21)