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Artículo 1

º Créase El Consejo Superior Del Sector Eléctrico, Adscrito Al Ministerio De Minas Y Energía, El Cual Estará Conformado Por: - El Ministro De Minas Y Energía, Quien Lo Presidirá

Decreto 1327 de 1989 · Por el cual se crea el Consejo Superior del Sector Eléctrico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créase el Consejo Superior del Sector Eléctrico, adscrito al Ministerio de Minas y Energía, el cual estará conformado por: - El Ministro de Minas y Energía, quien lo presidirá. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público. - El Jefe del Departamento Nacional de Planeación. El Consejo se reunirá mensualmente de manera ordinaria y en forma extraordinaria, a solicitud de cualquiera de sus miembros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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