Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1600 de 1996 · por la cual se modifica parcialmente el Decreto 2817 de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación. Públiquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 5 de septiembre de 1996 ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público José Antonio Ocampo Gaviria. El Ministro de Comercio Exterior, Morris Harf Meyer.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1600 de 1996