Micelio

Artículo 13

Factor Salarial

Decreto 2146 de 1992 · por el cual se reestructura la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, PROSOCIAL.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 13. Factor Salarial. Las indemnizaciones no constituyen factor de salario para ningún efecto legal y se liquidarán con base en el salario promedio causado durante el último año de servicios. Para efectos de su reconocimiento y pago se tendrán en cuenta exclusivamente los siguientes factores salariales

1.

La asignación básica mensual.

2.

La prima técnica.

3.

Los dominicales y festivos.

4.

Los auxilios de alimentación y transporte.

5.

La prima de Navidad.

6.

La bonificación por servicios prestados.

7.

La prima de servicios.

8.

La prima de antigüedad.

9.

La prima de vacaciones, y

10.

Los incrementos por jornada nocturna o en días de descanso obligatorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2146 de 1992