Micelio

Artículo 2.3.2.5.3.2

Seguimiento Y Evaluación

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Seguimiento y Evaluación. seguimiento y evaluación de la Política Pública de Diálogo Social (PPDS) en el marco de la seguridad humana estará a cargo del Ministerio del Interior, que deberá presentar anualmente un documento de avance del Plan de Acción y Seguimiento (PAS) y un informe final antes de terminar cada período presidencial. Para tal efecto, el Ministerio del Interior promoverá la participación de las entidades que integran el SINGESCO, de las entidades territoriales y de organizaciones sociales y comunitarias, a través de mecanismos de seguimiento y verificación participativa de acuerdos, observatorios y otras instancias de evaluación previstas en el documento técnico anexo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015