Micelio

Artículo 4

Con Base En Todos Los Estudios Indicados, El Instituto Nacional De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico, O La Entidad Que Haya Adelantado, Procederá A Determinar La Factibilidad De Ejecución De La Obra Y De Sus Posibilidades De Reembolso, Emitiendo Por Escrito El Concepto Correspondiente

Decreto 1112 de 1952 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre el estudio, construcción y reembolso de obras de irrigación, desecación y similares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Con base en todos los estudios indicados, el Instituto Nacional de aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, o la entidad que haya adelantado, procederá a determinar la factibilidad de ejecución de la obra y de sus posibilidades de reembolso, emitiendo por escrito el concepto correspondiente.

Parágrafo

Desde el punto de vista, las obras deberán clasificarse en una de las siguientes categorías

a)

Obras fácilmente reembolsables.

b)

Obras simplemente reembolsables.

c)

Obras reembolsables.

d)

Obras no reembolsables. II. De la ejecución de las obras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1112 de 1952