Micelio

Artículo 2.3.8.1.7

Participación De Los Gc En Instancias De Planeación Territorial Y De Promoción Del Desarrollo

Decreto 1077 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Participación de los GC en instancias de planeación territorial y de promoción del desarrollo. Las entidades territoriales considerarán la participación de los GC para la conformación de instancias como el Consejo Territorial de Planeación, Consejo Consultivo de Ordenamiento, los Consejos Municipales de Desarrollo Rural y el Programa de Ejecución del POT. Lo anterior, con el fin de que la planeación y la promoción del desarrollo territorial contemple la GCASB y se realice con la participación ciudadana incidente de que trata el artículo 102 de la Ley 1757 de 2015 y en los términos del ordenamiento del territorio alrededor del agua de que trata el numeral 1 del artículo 3° de la Ley 2294 de 2023.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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