Micelio

Artículo 2

Para Optar El Título Antes Mencionado, Los Aspirantes A Él Deben Reunir Las Siguientes Condiciones: A) Haber Cursado Las Asignaturas Incluidas En El Pénsum Oficial, Vigente En La Época En Que Se Hicieron Tales Estudios, Y Con La Intensidad Y Extensión Señalada En Tales Pénsum; B) Comprobar Que Las Asignaturas Hechas, A Partir Del Presente Año, Se Han Cursado En Colegios Legalmente Autorizados Para Expedir Certificados De Estudio; C) No Padecer Enfermedad Infectocontagiosa; D) No Haber Sido Convicto De Falsificación De Certificados De Estudio; E) Pagar Los Derechos De Exámenes De Que Más Adelante Se Determinan, Y F) Aprobar Los Exámenes De Que Trata Este Mismo Decreto

Decreto 431 de 1936 · Por el cual se reglamentan los exámenes para optar por el título de bachiller

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para optar el título antes mencionado, los aspirantes a él deben reunir las siguientes condiciones

a)

Haber cursado las asignaturas incluidas en el pénsum oficial, vigente en la época en que se hicieron tales estudios, y con la intensidad y extensión señalada en tales pénsum;

b)

Comprobar que las asignaturas hechas, a partir del presente año, se han cursado en colegios legalmente autorizados para expedir certificados de estudio;

c)

No padecer enfermedad infectocontagiosa;

d)

No haber sido convicto de falsificación de certificados de estudio;

e)

Pagar los derechos de exámenes de que más adelante se determinan, y

f)

Aprobar los exámenes de que trata este mismo Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 431 de 1936