°. Las empresas enumeradas en el artículo anterior, deben presentar los documentos que en seguida se enumeran: Las del primer grupo - Una exposición pormenorizada, que justifique las tarifas establecidas en el cobro de energía eléctrica, debiéndose especificar en ellas las tensiones de generación, transmisión y suministro, potencia de planta en KW, frecuencia de la corriente, número de fases, sistema de distribución y porcentaje de voltaje admitido más - menos , en las fluctuaciones de las redes de distribución. Las de Acueducto presentarán con dicha exposición justificativa de las tarifas, el número de suscriptores y capacidad diaria de la planta. Las del segundo grupo - Una relación de la situación económica del negocio, con indicación del capital invertido, entradas brutas, gastos de explotación, intereses pagados, amortización del capital invertido, depreciación de maquinaria o impuestos que hayan pagado por razón del negocio. Además, el número de suscriptores, clasificándolos en los distintos servicios, y curvas típicas de carga diaria.
Artículo 2
Las Empresas Enumeradas En El Artículo Anterior, Deben Presentar Los Documentos Que En Seguida Se Enumeran: Las Del Primer Grupo - Una Exposición Pormenorizada, Que Justifique Las Tarifas Establecidas En El Cobro De Energía Eléctrica, Debiéndose Especificar En Ellas Las Tensiones De Generación, Transmisión Y Suministro, Potencia De Planta En Kw, Frecuencia De La Corriente, Número De Fases, Sistema De Distribución Y Porcentaje De Voltaje Admitido Más - Menos , En Las Fluctuaciones De Las Redes De Distribución
Decreto 1606 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 109 de 1936
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.