Expediente. Recibida la solicitud por la Agencia Nacional de Tierras o quien haga sus veces, se conformará un expediente que contenga las diligencias administrativas, en el que se insertará la solicitud, su admisión, actuaciones de terceros si es del caso, y los demás documentos y actuaciones que correspondan.
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.14.7.6.5
Expediente
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.