CLASIFICACIÓN DE LAS COMISIONES. Las Comisiones de los Agentes de la Policía Nacional pueden ser individuales o colectivas de acuerdo con la misión por cumplir y se clasifican así: Comisiones transitorias: Las que tienen una duración hasta de noventa (90) días. Comisiones permanentes: Las que excedan de noventa (90) días. Comisiones dentro del país que pueden ser: En el ramo de la Defensa En otras Unidades. Comisiones en el exterior que pueden ser: Diplomáticos De estudios Administrativas De tratamiento médico Son Comisiones Especiales las que no están enumeradas en la clasificación del presente artículo.
Decreto 2063 de 1984 →Vigente
Artículo 17
Clasificación De Las Comisiones
Decreto 2063 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Agentes de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.