Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos-leyes 191 y 2050 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1988, salvo lo dispuesto en los artículos 11 y 12 del presente Decreto.
Artículo 14
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Decretos-Leyes 191 Y 2050 De 1987 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1988, Salvo Lo Dispuesto En Los Artículos 11 Y 12 Del Presente Decreto
Decreto 103 de 1988 · por el cual se fija la escala de remuneración de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, de las Direcciones de Instrucción Criminal, del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.