Artículo segundo. Dentro de los límites del Distrito Especial de Bogotá, entiéndense exclusivamente para éste y para su Lotería, Beneficencia o Asistencia Social, las autorizaciones y la destinación de los impuestos que el Decreto 1092 de 1956 señala para los Departamentos y sus respectivas Loterías o Beneficencias.
Decreto 1144 de 1956 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1144 de 1956 · Por el cual se hacen extensivas al Distrito Especial de Bogotá unas autorizaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.