Micelio

Artículo 7

Podrán Otorgarse Viáticos Hasta Cincuenta Y Cinco Dólares Estadinenses Diarios Para El Cumplimiento De Comisiones En El Exterior A Jefes De División, Oficina O Sección; Jefes De Las Unidades Técnicas Del Departamento Nacional De Planeación; Jefes De Seccionales Regionales Y Secretarios Privados De Los Ministerios Y Departamentos Administrativos

Decreto 483 de 1975 · Por el cual se reglamentan los decretos-leyes 3306 de 1963 y 637 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Podrán otorgarse viáticos hasta cincuenta y cinco dólares estadinenses diarios para el cumplimiento de comisiones en el exterior a Jefes de División, Oficina o sección; Jefes de las Unidades Técnicas del Departamento Nacional de Planeación; Jefes de Seccionales Regionales y Secretarios Privados de los Ministerios y Departamentos Administrativos. Cuando fueren comisionados dentro el país, los viáticos serán de trescientos pesos diarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 483 de 1975