Comité Técnico del Consejo Superior de Política Criminal. El Consejo Superior de Política Criminal, para el adecuado ejercicio de sus funciones, contará con un Comité Técnico integrado por miembros de las entidades estatales representadas en él. Los delegados que integren el Comité Técnico del Consejo deberán pertenecer al nivel directivo o asesor de la entidad correspondiente y tener conocimientos específicos en política criminal, criminología, derecho penal, sociología, ciencias de la educación, derecho constitucional o materias afines. Los miembros del Comité Técnico integrarán equipos de trabajo e investigación que desarrollarán sus labores bajo la dirección y supervisión del Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho, o su delegado.
Decreto 2055 de 2014 →Vigente
Artículo 16
Comité Técnico Del Consejo Superior De Política Criminal
Decreto 2055 de 2014 · por el cual se reglamenta el Consejo Superior de Política Criminal, su funcionamiento y todos los asuntos relacionados con las demás instancias técnicas que se requieran para su adecuado desarrollo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.