Agréguese un parágrafo al artículo 3° de la Ley 1917 de 2018, “por medio de la cual se reglamenta el Sistema’ de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones”, el cual quedará así:
Se reconocerán como residentes dentro del Sistema Nacional de Residencias Médicas a los odontólogos que se encuentren cursando especialización médico quirúrgica en cirugía oral y maxilofacial.