Micelio

Artículo 5

Decreto 74 de 1943 · Por el cual se crea la Campaña de Malariologia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo quinto. Los Centros de Control del Paludismo estarán a cargo, cada uno de ellos, de un médico, y tendrán el personal subalterno que les asigne el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, de acuerdo con las necesidades del servicio y el trabajo que deban realizar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 74 de 1943