"josé María González Valencia, Máximo Profesor De Derecho Civil Colombiano."
Ley 3 de 1935 · SOBRE HONORES A LA MEMORIA DE UN MAESTRO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo 2° En la Facultad Nacional de Derecho se colocará un busto que perpetué su memoria, y que sea inspiración y estímulo para las generaciones del porvenir, con esta leyenda:
"José María González Valencia, máximo profesor de Derecho Civil Colombiano."
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.