° La autorización conferida por el artículo 1° del Decreto numero 1526, de julio 26 de 1978, se refiere a la suma de cuatro millones de dólares (U S $ 4.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en Crías monedas y a un interés fijo máximo del ocho y medio por ciento (8-1/2%) anual sobre saldes deudores, incluidos comisiones y gastos por cualquier concepto.
Decreto 1524 de 1981 →Vigente
Artículo 1
La Autorización Conferida Por El Artículo 1° Del Decreto Numero 1526, De Julio 26 De 1978, Se Refiere A La Suma De Cuatro Millones De Dólares (U S $ 4
Decreto 1524 de 1981 · Por el cual se declara el sentido del artículo primero del Decreto número 1526 de julio 26 de 1978.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.