Micelio

Artículo 1

Las Sumas De Dinero Que Se Recauden Por Concepto De Conmutaciones En Las Comisarias Nacionales De Policía (Antes Comisarías De Policía Judicial De Bogotá), Ingresarán A Una Cuenta Especial Administrada Por El Pondo Rotatorio Del Ministerio De Justicia Y Se Distribuirá Así: Un 95% Para Atender Las Reparaciones Y Adaptaciones De Locales, Gastos De Mantenimiento, Útiles Y Equipo De Oficina, Elementos Quirúrgicos, Drogas, Papelería Y Lo Demás Que Demanden Las Comisarías Nacionales De Policía; Y Un 5% Para El Pondo Rotatorio Judicial Que Será Invertido Preferencialmente En Los Gastos Que Demande La Administración De Tales Fondos

Decreto 1390 de 1971 · Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2844 de 18 de noviembre de 1966

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las sumas de dinero que se recauden por concepto de conmutaciones en las Comisarias Nacionales de Policía (antes Comisarías de Policía Judicial de Bogotá), ingresarán a una cuenta especial administrada por el Pondo Rotatorio del Ministerio de Justicia y se distribuirá así: un 95% para atender las reparaciones y adaptaciones de locales, gastos de mantenimiento, útiles y equipo de oficina, Elementos quirúrgicos, drogas, papelería y lo demás que demanden las Comisarías Nacionales de Policía; y un 5% para el Pondo Rotatorio Judicial que será invertido preferencialmente en los gastos que demande la administración de tales fondos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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