Micelio

Artículo 30

El Patrimonio Autónomo Que Se Constituya Tendrá Como Objetivos, Entre Otros: I) Concentrar En Un Solo Vehículo Financiero Los Recursos De Los Diferentes Participantes Del Pda; Ii) Maximizar La Utilización De Los Recursos Que Transfieran Los Diferentes Participantes Del Pda Para La Ejecución Y Desarrollo De Los Pda, Efectuando Entre Otros, Inversiones Temporales Con Los Recursos Existentes En El Mismo; Iii) Permitir Ejecutar Los Pda En Menores Tiempos A Los Esperados, Dando La Liquidez Necesaria A Las Obligaciones Y Compromisos Adquiridos En Desarrollo De Los Pda Que Se Encuentren En Ejecución; Iv) Servir De Garantía Y Fuente De Pago De Las Obligaciones Financieras Que Adquiera El Patrimonio Autónomo A Través De Créditos Con La Banca Nacional O Internacional U Otro Mecanismo De Financiación Que Se Implemente

Decreto 3200 de 2008 · por el cual se dictan normas sobre Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Patrimonio Autónomo que se constituya tendrá como objetivos, entre otros: i) Concentrar en un solo vehículo financiero los recursos de los diferentes Participantes del PDA; ii) Maximizar la utilización de los recursos que transfieran los diferentes Participantes del PDA para la ejecución y desarrollo de los PDA, efectuando entre otros, inversiones temporales con los recursos existentes en el mismo; iii) Permitir ejecutar los PDA en menores tiempos a los esperados, dando la liquidez necesaria a las obligaciones y compromisos adquiridos en desarrollo de los PDA que se encuentren en ejecución; iv) Servir de garantía y fuente de pago de las obligaciones financieras que adquiera el Patrimonio Autónomo a través de créditos con la Banca Nacional o Internacional u otro mecanismo de financiación que se implemente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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