Micelio

Artículo 4

Ley 28 de 1933 · POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DE UN COLOMBIANO ILUSTRE (DOCTOR DIEGO MENDOZA PÉREZ)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Copias de esta Ley, en edición de lujo, serán entregadas al señor Rector del Externado de Derecho y Ciencias Políticas, al Concejo Municipal de Tunja y a la familia del ilustre colombiano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 28 de 1933