Micelio

Artículo 2

º

Decreto 3286 de 1982 · Por el cual se crea el Programa Especial de Microempresas de Rehabilitaci?n y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para los efectos d el presente Decreto; entiéndase por "Microempresas de Rehabilitación" aquellas unidades económicas creadas para desarrollar cualquiera de las actividades que más adelante se señalan, establecidas por iniciativa de las personas a que alude el artículo anterior y que cumplan los siguientes requisitos

1.

Que el manejo administrativo esté radicado en una o dos personas naturales.

2.

Que sus ventas mensuales no excedan de 60 salarios mínimos.

3.

Que el patrimonio de su propietario no exceda de 200 salarios mínimos

4.

Que ocupe h asta 15 empleados permanentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3286 de 1982