Micelio

Artículo 98

De La Sección De Publicaciones

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Publicaciones:

a)

Elaborar el programa de publicaciones del Ministerio, recopilar y revisar el material correspondiente, y velar por su oportuna edición y distribución;

b)

Mantener informadas a las Misiones Diplomáticas y Consulares de Colombia en el exterior acerca de los acontecimientos más destacados del país, en coordinación con la Sección de Promoción e Información de la Subsecretaría y con el Jefe de Prensa del Ministerio;

c)

Diseñar y elaborar el material de divulgación para el desarrollo de los programas de difusión y promoción de la imagen de Colombia en el exterior, en coordinación con otras dependencias del Ministerio y entidades correspondientes, y velar por su oportuna edición y distribución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1990