Micelio

Artículo 5

Decreto 19000519 de 1900 · Orgánico de un Consejo de Guerra permanente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.° El Auditor general de Guerra asistirá á las reuniones del Consejo de Guerra permanente. Publíquese. Dado en Tena, Cundinamarca, á 19 de Mayo de 1900. MANUEL A. SANCLEMENTE El Ministro de Gobierno, RAFAEL M. PALACIO -El Ministro de Relaciones Exteriores, CARLOS CUERVO MÁRQUEZ . El Ministro de Hacienda, CARLOS CALDERÓN- El Ministro de Guerra, MANUEL CASABIANCA -El Ministro de Instrucción Pública, MARCO F. SUÁREZ -El Ministro del Tesoro, MARCELIANO VARGAS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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