Art. 10. Habrá en la Escuela un empleado con el nombre de Pasante, subordinado al Rector y al Vicerrector, encargado de cumplir las órdenes de éstos y de ayudarles inmediatamente en el mantenimiento del orden y disciplina del establecimiento.
Decreto 404 de 1904 →Vigente
Artículo 10
Decreto 404 de 1904 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.