Bonificación judicial. Ajustar la bonificación judicial creada en el Decreto 384 de 2013 para los servidores públicos de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, la cual se reconoce mensualmente y constituye únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La bonificación judicial se reconocerá a partir del 1° de enero de 2023, se percibirá mensualmente, mientras el servidor público permanezca vinculado al servicio y corresponde al valor que se fija en la siguiente tabla, así:
GRADO
MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023
1
589.384
2
684.158
3
763.708
4
809.808
5
1.718.247
6
1.998.880
7
2.018.507
8
2.037.917
9
2.143.482
10
3.091.631
11
3.106.726
12
3.386.077
13
3.689.917
14
3.749.906
15
3.849.205
16
3.948.279
17
4.000.182
18
3.766.860
19
3.841.919
20
3.895.393
Para el año 2023 la bonificación judicial de que trata el presente artículo se ajustó en los términos consagrados en el inciso final del parágrafo del artículo 1° del Decreto 384 de 2013.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 3°. Bonificación judicial. Ajustar la bonificación judicial creada en el Decreto 384 de 2013 para los servidores públicos de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, la cual se reconoce mensualmente y constituye únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La bonificación judicial se reconocerá a partir del 1° de enero de 2023, se percibirá mensualmente, mientras el servidor público permanezca vinculado al servicio y corresponde al valor que se fija en la siguiente tabla, así:
GRADO
MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023
1
589.384
2
684.158
3
763.708
4
809.808
5
1.718.247
6
1.998.880
7
2.018.507
8
2.037.917
9
2.143.482
10
3.091.631
11
3.106.726
12
3.386.077
13
3.689.917
14
3.749.906
15
3.849.205
16
3.948.279
17
4.000.182
18
3.766.860
19
3.841.919
20
3.895.393
Para el año 2023 la bonificación judicial de que trata el presente artículo se ajustó en los términos consagrados en el inciso final del parágrafo del artículo 1° del Decreto 384 de 2013.