Micelio

Artículo 8

Ley 83 de 1936 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación y se dictan algunas disposiciones en relación con el Ministerio Público y el Poder Judicial

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Procurador General de la Nación, mediante concepto fundado en pruebas, pedirá la remoción de todo empleado nacional, departamental o municipal que apareciere como inepto, desidioso o afectado por otra causa que lo imposibilite para el debido desempeño del cargo. La petición la hará a la autoridad de quien dependa el nombramiento y ésta deberá prestar atención a la solicitud del Procurador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1936