Para la expedición de certificados y para el registro en el "Apéndice del Libro de Anotación de Hipotecas", de que trata el Decreto-ley 1369 de 1.942, los Registradores de Instrumentos Públicos y Privados darán preferencia a los documentos que presente el Instituto de Crédito Territorial.
Decreto 722 de 1947 →Vigente
Artículo 29
Para La Expedición De Certificados Y Para El Registro En El "apéndice Del Libro De Anotación De Hipotecas", De Que Trata El Decreto-Ley 1369 De 1
Decreto 722 de 1947 · por el cual se reglamentan las Leyes 29 de 1945 y 85 de 1946.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.