Del Decreto 1955 De 1963 Quedará Así: Un Curso Se Perderá Por Una De Las Siguientes Razones: A) No Aprobación De La Práctica Docente: B) No Aprobación De Tres Materias Del Plan Oficial: C) No Aprobación De Un Examen De Habilitación, Cuando El Habilitante Tenga Un Promedio De Calificaciones Inferior A 3,50
Decreto 2305 de 1968 · Por el cual se reglamentan los exámenes de validación y admisión en la educación media y normalista, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo trece. El artículo 7° del Decreto 1955 de 1963 quedará así: Un curso se perderá por una de las siguientes razones
a)
No aprobación de la práctica docente:
b)
No aprobación de tres materias del plan oficial:
c)
No aprobación de un examen de habilitación, cuando el habilitante tenga un promedio de calificaciones inferior a 3,50. Cuando este promedio sea superior a 3,50, la materia perdida en el examen de habilitación podrá ser validada quince (15) días después.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.