Micelio

Artículo 2.4.5.2.5

Funciones Del Comité Técnico

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del comité técnico. El Comité Técnico para la Política Pública de Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización tendrá, entre otras, las siguientes funciones

1.

Propiciar el seguimiento y la evaluación sobre la implementación y los re­sultados obtenidos con la ejecución de la Política Pública de Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización.

2.

Proponer a las entidades competentes, estrategias y acciones, técnicas, ad­ministrativas y financieras-para garantizar la efectiva implementación de la Política Pública de Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización.

3.

Formular y aprobar el plan operativo anual, en el que se señalen, entre otros, los sectores, institucionales estratégicos, los territorios y poblaciones a foca­lizar, los responsables en la implementación de las estrategias, las metas a alcanzar y los recursos requeridos para su financiación.

4.

Establecer los mecanismos de articulación y armonización entre las necesi­dades territoriales y la respuesta institucional según los indicadores de opor­tunidad, idoneidad y eficacia de la política de Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización, tanto a nivel nacional como departamental y municipal.

5.

Impulsar la aplicación de los indicadores de oportunidad, idoneidad y efica­cia de la política por parte de las entidades del orden nacional y territorial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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