Micelio

Artículo 3

Ley 65 de 1914 · Por la cual se fijan el personal y asignaciones del Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La suma necesaria para atender en el presente año al pago de los sueldos señalados en los dos artículos anteriores se considera incluida en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia económica. En consecuencia, el Ministerio del tesoro procederá a hacer la liquidación de ellos desde el 7 de agosto último, fecha en que empezó a regir la Ley 25 de 1913 hasta el 31 de diciembre próximo, y a fijar imputación que debe dárseles en el mismo Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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