Micelio

Artículo 5

º

Decreto 76 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 5 º. El personal que labore por el sistema hora-mes en el nivel profesional del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, una vez entre en funcionamiento, tendrá derecho a una asignación básica mensual así

a)

El valor hora-mes para los médicos, odontólogos y bacteriólogos, será de sesenta y ocho mil ciento ochenta y ocho pesos ($ 68.188.00) moneda corriente.

b)

El valor hora-mes para los médicos especialistas, será de setenta y dos mil seiscientos cincuenta y dos pesos ($72.652.00) moneda corriente.

c)

El valor hora-mes para enfermeras, nutricionistas, dietistas y terapistas respiratorias, del lenguaje, físico y ocupacional, será de cuarenta y seis mil trescientos veintinueve pesos ($46.329.00) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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