Modificación Del Numeral 9 Del Artículo 1° Del Decreto 500 De 1997
Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Modificación del numeral 9 del artículo 1° del Decreto 500 de 1997. Modificase el numeral 9 del artículo 1° del Decreto número 500 del 28 de febrero de 1997 en los siguientes términos:
9.
Un representante de la Cámara Colombiana de Turismo designado por esta entidad.
(Artículo 9°, Decreto 1991 de 1997)
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.