Atribuciones de la Junta Directiva . Para el cabal cumplimiento de las funciones consagradas en el artículo 17 de la Ley 118 de 1994, la Junta Directiva del Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola tendrá las siguientes atribuciones
Determinar los gastos administrativos que para que el cumplimiento de los objetivos legales le corresponde asumir al Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola durante cada vigencia y establecer, aquellos que sean a cargo de la entidad administradora, de manera que se delimiten claramente responsabilidades de unos y otros.
Ajustar el presupuesto anual de inversión de acuerdo con el monto de los programas y proyectos de carácter nacional, así como la distribución de los recursos regionales y subregionales para inversión, atendiendo la proporcionalidad señalada por la Ley 118 de 1994 sobre aporte de los recursos.
Aprobar los contratos relacionados con planes, programas o proyectos específicos, que le presente la entidad administradora del Fondo o cualesquiera de los miembros de la Junta Directiva con sujeción a la cuantía que para el efecto señale en su reglamento.
Solicitar informes sobre el estado de ejecución de los recursos.
Darse su propio reglamento.