Micelio

Artículo 1

Decreto 1361 de 1999 · por el cual se nombra un Ministro de Transporte ad hoc

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Nómbrase como Ministro de Transporte ad hoc al Ministro de Desarrollo Económico, doctor Fernando Araújo Perdomo, para que conozca y adelante todos los asuntos que sean de competencia del Ministro de Transporte, relacionados con la solicitud de la Empresa Sociedad Marítima Grancolombiana S. A., para su inscripción en el Registro de Operadores de Transporte Multimodal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1361 de 1999