Micelio

Artículo 5

Decreto 624 de 1939 · Por la cual se reglamenta el artículo 5° de la Ley 66 de 1938

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. Los elementos que se transportan libres de fletes en las empresas del Estado, con destino a las expresadas obras, no podrán destinarse a otras distintas, ni cederse, ni venderse a otras entidades o personas sin la autorización del Ministerio de Obras Públicas, el cual podrá disponer el pago del transporte de los elementos materia del traspaso.

Parágrafo

El Ministro de Obras Publicas podrá imponer multas hasta de cien pesos ($ 100) a los infractores de esta disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 624 de 1939